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Ayudas – Mejora eficiencia energética en viviendas – Next Generation

APROVECHA HASTA 3.000€ EN AYUDAS Y

Reduce el consumo energético de tu vivienda

Con el fin de incentivar las actuaciones de rehabilitación en viviendas, el IGVS ha puesto en marcha un programa de ayudas para las siguientes actuaciones de mejora de la eficiencia energética.

APROVECHA HASTA
3.000€ EN AYUDAS Y

Reduce el consumo energético de tu vivienda

Con el fin de incentivar las actuaciones de rehabilitación en viviendas, el IGVS ha puesto en marcha un programa de ayudas para las siguientes actuaciones de mejora de la eficiencia energética.

Ventanas

La obra por la que deberías empezar para mejorar la eficiencia energética.  Renueva las ventanas de tu vivienda y consigue un mayor confort, gracias a un mejor aislamiento térmico y acústico.

Bombas de calor

Apuesta por la aerotermia, una fuente de energía no contaminante, renovable y de fácil mantenimiento. Conseguirás una mejora del rendimiento del sistema de calefacción y ACS, pudiendo llegar a un +300%.

Sistemas SATE

Mejora el rendimiento térmico de las paredes exteriores de la vivienda, y consigue un mejor aislamiento interior y confort. Los Sistemas de Aislamiento Térmico Exterior también aportan una durabilidad extra a las fachadas.

Ventanas

La obra por la que deberías empezar para mejorar la eficiencia energética.  Renueva las ventanas de tu vivienda y consigue un mayor confort, gracias a un mejor aislamiento térmico y acústico.

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Apuesta por la aerotermia, una fuente de energía no contaminante, renovable y de fácil mantenimiento. Conseguirás una mejora del rendimiento del sistema de calefacción y ACS, pudiendo llegar a un +300%.

Sistemas SATE

Mejora el rendimiento térmico de las paredes exteriores de la vivienda, y consigue un mejor aislamiento interior y confort. Los Sistemas de Aislamiento Térmico Exterior también aportan una durabilidad extra a las fachadas.

¿En qué consisten las ayudas?

Se trata de un programa de subvenciones del Instituto Gallego de Vivienda y Suelo (IGVS) donde se subvencionan instalaciones destinadas a alcanzar una reducción del consumo energético en viviendas existentes. El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000€, siendo el coste mínimo de la actuación igual o mayor de 1.000€.

Las ayudas previstas podrán solicitarse entre el 4 de marzo y el 14 de octubre de 2022, salvo que los fondos disponibles se hubiesen agotado con anterioridad.

Características del programa

Personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas.

  • Honorarios de los profesionales intervinientes,
  • Coste de la redacción de los proyectos
  • Informes técnicos y certificados necesarios
  • Gastos derivados de la tramitación administrativa
  • Otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados.

No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA podrá ser considerado elegible siempre y cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Las actuaciones subvencionables deberán, indispensablemente, cumplir con una serie de requisitos técnicos, como la reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de, por lo menos, el 7%; o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo.

Se establecen asimismo una serie de parámetros a cumplir en el caso de las actuaciones para la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica, que deberán adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a y 3.1.3.a del documento básico DB HE de ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación. Las actuaciones deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación y contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en caso de que estas las requieran.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento será de tres meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Finalizado el citado plazo sin que se dicte y notifique la resolución, las personas solicitantes podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

El plazo para ejecutar las obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en las viviendas que se acojan a las ayudas de este programa no podrá exceder de doce meses, contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda. Las actuaciones no podrán haberse iniciado antes del 1 de febrero de 2020, ni estar finalizadas en el momento de la presentación de la correspondiente solicitud.

Accede al listado de documentación necesaria para optar a las ayudas de actuaciones de rehabilitación energética en este enlace.

Ofrecemos un servicio integral

Te ayudamos en todas las fases del proyecto

Confía en nosotros para la rehabilitación de tu vivienda y despreocúpate, nosotros nos encargamos del presupuesto, la tramitación de la subvención, y de la obra o instalación.

Asesoramiento profesional

Te asesoramos en materia de eficiencia energética para encontrar la mejor solución para tu hogar.

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Nuestros presupuestos son personalizados y sin compromiso, contáctanos y cuéntanos tu proyecto.

Trámites subvención

Nos encargamos de la gestión documental necesaria para optar a la subvención, y de su correcta tramitación.

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Somos una empresa de confianza, que lleva operando 80 años y forma parte de asociaciones a nivel nacional.

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